AG/RES. 2132 (XXXV-O/05)

 

FORTALECIMIENTO DE LOS SISTEMAS NACIONALES DE DERECHOS HUMANOS
DE LOS ESTADOS MIEMBROS Y  APOYO A  LA LABOR DE LOS  DEFENSORES
DEL PUEBLO, DEFENSORES DE LOS HABITANTES, PROCURADORES O COMISIONADOS DE DERECHOS HUMANOS (OMBUDSMEN)

 

(Aprobado en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 7 de junio de 2005)

 

 

LA ASAMBLEA GENERAL,

 

AFIRMANDO que en la Carta de la OEA los Estados Miembros han proclamado los derechos fundamentales de la persona humana sin hacer distinción de raza, nacionalidad, credo  o sexo;

 

AFIRMANDO TAMBIEN que los Estados Miembros, sea en sus Constituciones Nacionales o su legislación interna han reconocido el carácter universal, indivisible e interdependiente de los derechos humanos y la obligación de respetar y proteger los derechos y las libertades fundamentales de la persona humana;

 

TENIENDO EN CUENTA que los sistemas nacionales de promoción y protección de los derechos humanos tienen como objetivo fundamental salvaguardar los derechos de la persona humana;

 

TENIENDO PRESENTES los Principios relativos al Estatuto de las Instituciones Nacionales “Principios de París”, adoptados por la Asamblea General de la ONU mediante su resolución 48/134 del 20 de diciembre de 1993;

 

REAFIRMANDO la importancia del sistema interamericano de derechos humanos, cuyos órganos tienen competencia para promover la observancia de los derechos humanos en todos los Estados Miembros de la Organización, conforme a los compromisos contraídos por cada Estado, y que operan en forma subsidiaria a los sistemas jurisdiccionales nacionales, sobre la base del agotamiento de los recursos internos;

 

RECORDANDO las resoluciones AG/RES. 1505 (XXVII-O/97), AG/RES. 1601 (XXVIII-O/98) y AG/RES.1670 (XXIX-O/99) por medio de las cuales la Asamblea General reconoció la labor que desarrollan los Ombudsman en el Hemisferio, figura reconocida en legislaciones de los Estados Miembros con denominaciones tales como Defensores del Pueblo, Defensores de los Habitantes, Procuradores o Comisionados de Derechos Humanos; e igualmente renovó su respaldo a las actividades de la Federación Iberoamericana de Ombudsman, cuyo último Congreso Anual se celebró en Quito, Ecuador, en noviembre de 2004, con la participación de la OEA;

 

DESTANCANDO IGUALMENTE la labor que efectúan la Asociación de Defensores del Pueblo del Caribe y la Red de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos de las Américas, el Consejo Andino de Ombudsmen y el Consejo Centroamericano de Ombudsmen;

 

RECORDANDO también la exhortación realizada en las mencionadas resoluciones para que los Estados Miembros del sistema interamericano tomen acciones tendientes a que los Defensores del Pueblo, Defensores de los Habitantes, Procuradores o Comisionados de Derechos Humanos del Hemisferio, gocen de independencia política, administrativa y financiera; y

 

TOMANDO EN CONSIDERACIÓN  el Plan de Acción de Québec adoptado en la Tercera Cumbre de las Américas en lo relativo al fortalecimiento de las capacidades de las instituciones nacionales responsables de la promoción y protección de los derechos humanos,

 

RESUELVE:

 

1.                   Reafirmar la importancia fundamental que los sistemas nacionales de derechos humanos tienen para la promoción y protección de los derechos humanos, en el fortalecimiento del estado de derecho y de justicia social para la consolidación de la democracia.

 

2.                   Reiterar su respaldo al trabajo que, con independencia política, administrativa y financiera, desarrollan los Ombudsmen o Defensores del Pueblo, Defensores de los Habitantes, Procuradores o Comisionados de Derechos Humanos, de los países del Hemisferio, en la promoción y la protección de los derechos humanos.

 

3.                   Recomendar a los Estados que aún no cuenten con las  instituciones objeto de esta resolución, que consideren la posibilidad de crearlas y ponerlas en funcionamiento dentro del marco de sus ordenamientos jurídicos.

 

4.                   Alentar a los gobiernos y a los Órganos del sistema interamericano a promover la creación de espacios de diálogo entre  instituciones objeto de esta resolución, y los órganos pertinentes del sistema interamericano, a efectos de fortalecer su contribución al orden democrático del Hemisferio.

 

5.                   Renovar el respaldo de la OEA por el trabajo de la Federación Iberoamericana de Ombudsman, la Asociación de Defensores del Pueblo del Caribe, la Red de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos de las Américas, el Consejo Andino de Ombudsmen y el Consejo Centroamericano de Ombudsmen, y sugerir a los Estados Miembros interesados que consideren el estudio de sus conclusiones y recomendaciones.

 

6.                   Recomendar a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente que considere invitar a las instituciones objeto de esta resolución a participar del diálogo a efectuarse entre los Estados Miembros sobre los temas de derechos humanos, sobre la base de la necesidad de su presencia.

 

7.                   Solicitar al Consejo Permanente que informe sobre el cumplimiento de esta resolución a la Asamblea General en su trigésimo sexto período ordinario de sesiones, la cual será ejecutada de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos.