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EL TERRORISMO: UNA REALIDAD LACERANTE.
(Ponencia presentada por el Embajador Jorge Valero, Representante Permanente de la República Bolivariana de Venezuela ante la OEA, en el evento: “Derecho Internacional Humanitario,” organizado por el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela)
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“ La mejor manera de combatir el terrorismo, es no participar en èl”Noam Chomsky. I.- MARCO CONCEPTUAL “El terrorismo tiene su origen -como dice Carlos Fuentes- no sólo en el fundamentalismo religioso, sino en la miseria económica, la opresión política, y la percepción distorsionada del otro”. Se puede definir el terrorismo como “el empleo o amenaza de violencia contra una población, con una finalidad de venganza o intimidación, o para influir de alguna u otra forma sobre un determinado sector de dicha población”. Esta definición admite una amplia gama de posibles perpetradores o sus propósitos; incluye a los Estados y sus agentes, grupos internacionales o individuos aislados con motivos aparentes que pueden ser políticos, religiosos o económicos. El terrorismo constituye la dominación mediante el terror, a través de actos de violencia y maldad, ejecutados para amedrentar a ciertos sectores sociales o a una población determinada. Se propone desorganizar una estructura económica, social y política. Es el uso real o amenaza de recurrir a la violencia, con fines políticos, sociales, económicos o religiosos, que se dirige no sólo contra víctimas individuales, sino contra grupos más amplios, cuyo alcance trasciende con frecuencia los límites nacionales. Se utiliza para expresar una conducta de dominación, por medio de una sucesión de actos de violencia, ejecutados intencionalmente para causar un intenso efecto psicológico y crear un estado de terror, que genera incertidumbre e inseguridad. Se define como una práctica política indeseable y condenable de quien recurre a la violencia contra personas o bienes, provocando terror, como valor demostrativo y disuasivo respecto al enemigo. Conducta de dominación utilizada en forma irregular para conquistar el poder, sin consideración de los resultados militares o civiles. Ciertos Estados han considerado que lo que con frecuencia se denominan “movimientos de liberación nacional” y sus metodologías deben ser excluidos de toda definición de terrorismo, en razón de su asociación con el principio de libre determinación de los pueblos. Sin embargo, el término “terrorismo” lleva consigo, casi siempre, cierto sabor a juicio moral: algunas clases de violencia política estarían justificadas, mientras otras no. El mismo tipo de conducta o comportamiento será considerado o no como terrorismo, según el sentido moral o justificación que se le tenga a bien atribuir. Al respecto se ha establecido una distinción básica entre terrorismo de Estado y terrorismo subestatal o individual. Esta distinción fundamental es ya un componente generalmente aceptado del debate, pese que algunos prefieren centrar su atención en el terrorismo de Estado y otros en el terrorismo subestatal o individual. Además, esta distinción es útil por cuanto abarca la génesis del terrorismo contemporáneo y la evolución de su significado ordinario, desde que se usó por primera vez. II.- SIGNIFICADO DEL 11 DE SEPTIEMBRE El terrorismo, aunque no es un tema nuevo, cobró inusitado interés después de los ataques a las torres del World Trade Center (gemelas) de Nueva York y al edificio del Pentágono el 11 de septiembre del 2001. Por primera vez, Estados Unidos sufría en su territorio, un ataque de proporciones gigantescas. La respuesta no se haría esperar, por parte de la superpotencia, cuya hegemonía se había consolidado después del derrumbe del bloque soviético. Las alarmas internacionales se encendieron. El planeta encaraba un problema de dimensiones impredecibles. ¿Cómo los sucesos del 11 de septiembre de 2001 han introducido nuevas dimensiones sobre las cuestiones del terrorismo?. Sin duda que han aumentado los actos de terrorismo en todo el mundo, especialmente en situaciones de crisis y en “zonas críticas”. Las respuestas también han sido radicales, y en ocasiones se han adoptado bajo la influencia del pánico o con carácter urgente. De hecho, todavía existe un matiz de “cuasi-pánico” en buena parte de las actividades políticas y jurídicas relacionadas con el terrorismo y una reacción análoga de mucha gente en todo el mundo. Estas reacciones cercanas al pánico, pueden tener graves consecuencias para el derecho internacional y la normativa de derechos humanos, así como para el derecho humanitario. El terrorismo es un fenómeno que debe estudiarse con mucho cuidado y amplitud de miras, para no incurrir en el maniqueísmo que, lejos de resolverlo, puede empeorarlo. El terrorismo se puede explicar -y han habido explicaciones bien fundamentadas- pero no se puede justificar, en modo alguno. Tiene efectos perversos en todos los ámbitos de la sociedad mundial. Niega, de la manera más absoluta, los derechos humanos. Independientemente de la posición que se defienda en términos políticos e ideológicos, no se puede tener ninguna otra respuesta frente al terrorismo, que no sea la condena más categórica. El terrorismo es la negación del diálogo. Y éste implica tolerancia. En ese sentido, la tolerancia es respeto a las diferencias culturales e ideológicas, las cuales permiten encontrar caminos de entendimiento entre la especie humana. Y, como lo señala el filósofo español Fernando Savater, tolerancia es “la convicción de que hay que vivir con lo que a uno no le agrada o no comparte”. No podemos respaldar ningún tipo de terrorismo. Ni el de los débiles contra los poderosos. Ni el de los poderosos contra los débiles. La opción por la paz y la tolerancia constituye un fascinante reto para todos los que buscamos descifrar las claves del actual momento histórico, a partir de un compromiso ético. Pero nunca la paz había estado más lejana. En la abundante producción intelectual que circula sobre el terrorismo, se pueden encontrar ideas-fuerza, para una profunda reflexión sobre la realidad de nuestro tiempo. Ideas para nutrir un proyecto de convivencia universal no faltan. Pero tampoco faltan, conceptos prejuiciados que impiden una adecuada comprensión de los valores fundamentales que nutren los pueblos y sociedades; las distintas culturas y civilizaciones. III.- FUNDAMENTOS FILOSOFICOS Tenemos la urgencia de encontrar caminos para contener o reducir la expansión de las fronteras de la intolerancia, promocionada -de manera perversa- por sectores y medios internacionales, que estigmatizan a grupos culturales o religiosos distintos a los que se inscriben históricamente en los llamados “valores occidentales”. Algunos, de manera fundamentalista, pretenden apropiarse de todos los valores culturales o éticos. La única manera “civilizada de vivir”, es la suya. La promoción y fortalecimiento de las especificidades culturales representan los espacios de libertad, que deben ser defendidos por quienes creemos en la riqueza de la diversidad y pluralidad cultural. Hoy asistimos a la fragua de una cultura global deshumanizante donde prototipos, imágenes, representaciones simbólicas, se propagan- sin control- a través de las grandes empresas multinacionales de comunicación masiva. Mientras tanto- he ahí la paradoja- sus mercados excluyen a las mayorías sociales y populares, del disfrute de los bienes materiales necesarios para su supervivencia. Ahora también existe el terrorismo mediático, que genera un clima de incertidumbre, de disociación, de guerra sicológica en la población. Debe afirmarse que los crímenes cometidos por unos pocos fanáticos, que practican el terrorismo, no puede ser endosado a relevantes expresiones culturales y religiosas que pueblan el planeta. El mundo Árabe Islámico, por ejemplo, es un espacio histórico-cultural y un área geográfica, constituida por una comunidad de creyentes, de aproximadamente 1.200 millones de personas, de las cuales más de 200 son árabes. Estamos hablando de 57 países, de ellos 22 son árabes, 1 es persa, 13 pertenecen al Africa Subsahariana, 7 asiáticos del Indo-Pacífico y 7 repúblicas islámicas de la extinta Unión Soviética. Graves peligros acechan a la humanidad en el siglo que recién comienza, cuando el hombre se juega su racionalidad. Frenética es la carrera armamentista que inventa mecanismos de destrucción masiva, como nunca antes se haya conocido en la historia. Se prepara subrepticiamente a los seres humanos para que perciban, como naturales, los llamados “daños colaterales” de la guerra. Para que admitan cierto tipo de terrorismo: el terrorismo de Estado. La humanidad vive momentos cruciales. IV.- TERRORISMO Y HEGEMONIA MUNDIAL Un estudio reciente del Instituto Internacional de Estudios Estratégicos de Gran Bretaña ha señalado que “después de la guerra de Irak, el riesgo de ataques terroristas a occidente, ha aumentado”. De la misma manera puntualiza: “ Con la invasión y la ocupación militar de Irak, Estados Unidos mostró el deseo de cambiar el statu quo político en el mundo árabe para impulsar los intereses políticos y estratégicos estadounidenses”. Hasta la fecha no se ha logrado un consenso respecto de una definición jurídica internacional del terrorismo. Por ende, la caracterización de un acto o situación como terrorista, incluida la denominada “guerra contra el terrorismo”, no puede servir, por sí misma, para definir las obligaciones legales de los Estados en esta materia. La falta de una definición no significa que este pernicioso fenómeno sea una forma de violencia indescriptible, o que los Estados no estén sometidos a restricciones, en el marco del derecho internacional, para acometer sus respuestas a esa violencia. No existe un concepto unívoco sobre terrorismo. Entre las razones principales por las que no se ha llegado a una definición generalmente aceptada, es por los diferentes usuarios de la definición se centran -casi exclusivamente- en una descripción del comportamiento, y no puntualizan claramente quién usa el terrorismo ni conque fin. Ciertamente, los actos y métodos terroristas, con un uso inadmisible del miedo y de la violencia -ya sean cometidos por individuos o en nombre del Estado- afectan a la paz y la estabilidad. Los ataques terroristas apuntan a destruir los derechos humanos, creando miedo y provocando condiciones propicias para la destrucción del orden social reinante. Pueden desestabilizar a los gobiernos. En la proclamada “Guerra anti-terrorista”, se han emitido y aplicado leyes y procedimientos que angostan las libertades civiles. Hechos y reacciones que representan una amenaza grave a los derechos humanos. Tales leyes a menudo han estimulado la violencia contra el Estado y la gente. Aquellos que creen que el respeto a los derechos de todos es esencial, deben confrontar la amenaza que tales leyes antiterroristas representan para el estado de derecho, la libertad individual, las instituciones democráticas y los derechos humanos. Hoy en día, una de las más grandes amenazas a los derechos humanos, son los excesos de los gobiernos en el combate al terrorismo. V.- LA OEA Y EL TERRORISMO Luego de los ataques del 11 de septiembre de 2001, la OEA se abocó al tema del Terrorismo. En ese contexto, redactó la Convención Interamericana contra el Terrorismo y ha adoptado numerosas iniciativas para contrarrestar esas graves amenazas, incluida la formulación de leyes y procedimientos internos para penalizar, investigar y procesar las actividades terroristas. En esta Convención se estipula que las actividades contra el terrorismo deben llevarse a cabo, cumpliendo plenamente las obligaciones de los Estados miembros, conforme al derecho internacional. Adoptó un criterio basado en los derechos, conforme al cual las iniciativas antiterroristas deben ser evaluadas a la luz de los derechos humanos internacionales básicos, en particular, el derecho a la vida, el derecho a un trato humano, el derecho a la libertad y la seguridad personales, el derecho a un juicio imparcial, el derecho a la libertad de expresión y la obligación de respetar y garantizar la no-discriminación y el derecho a la protección judicial. De no cumplirse con estas premisas, se podría alentar una escalada de ataques terroristas. Y esto ha ocurrido, ciertamente. En el Comité Interamericano Contra el Terrorismo (CICTE), que ha sido reactivado en el marco de la OEA, se ha procedido a elaborar un documento de referencia que contiene definiciones legales de “terrorismo”. Servirá de instrumento base, mientras se trabaja en la redacción o mejoramiento de las legislaciones existentes. La lucha contra el terrorismo y su financiación debe hacerse con el pleno respeto al estado de derecho y al derecho internacional, incluidos, el derecho internacional humanitario, el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho internacional de los refugiados. Y tener en cuenta la Convención Interamericana contra el terrorismo y la resolución 1373 (2001) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. En la DECLARACIÓN DE NUEVO LEON, adoptada en la Cumbre Extraordinaria de las Américas, en Monterrey, México el 13/01/2004, los Jefes de Estado y de Gobierno acordaron tomar todas las medidas necesarias para prevenir y combatir el terrorismo y su financiación, en cumplimiento pleno de sus compromisos en el marco del derecho internacional. Allí reiteraron que la amenaza del terrorismo se ve agravada por las conexiones entre éste y el tráfico ilícito de drogas, el tráfico ilícito de armas, el lavado de activos y otras formas de delincuencia organizada transnacional y que las alianzas y productos que resultan de dichas conexiones, son o pueden ser utilizadas para apoyar y financiar actividades terroristas. Instaron al CICTE a que facilite el diálogo permanente entre los Estados Miembros a fin de adoptar medidas preventivas que anticipen y enfrenten las amenazas terroristas emergentes, cualesquiera sea su origen, tales como la seguridad cibernética, el bio-terrorismo, las amenazas a la infraestructura crítica, y la posibilidad del acceso, posesión y empleo de armas de destrucción en masa y materiales relacionados y sus medios vectores en manos terroristas. Los Jefes de Estado de las Américas exhortaron a abstenerse de proporcionar cualquier tipo de apoyo a las entidades o personas que participen en la comisión de actos terroristas; a denegar refugio y/o albergue a quienes financien, planifiquen, apoyen o cometan actos terroristas. Destacaron el deber de impedir que sus territorios sean utilizados para financiar, planificar y facilitar la comisión de dichos actos. De igual manera, la OEA ha adoptado una serie de Resoluciones sobre Seguridad Hemisférica y Terrorismo, en su XXXIV Asamblea General realizada en Ecuador, en junio del 2004. VI.- VENEZUELA Y EL TERRORISMO El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela reitera su posición en cuanto a que, en la lucha contra el terrorismo, deben respetarse los derechos humanos y las libertades fundamentales. Condena todos los actos y prácticas de terrorismo cometidos por cualquier motivo u objetivo. Expresa que tales actos perjudican las relaciones de amistad entre los Estados, amenazan la seguridad internacional, la integridad territorial y desestabilizan el desarrollo económico y social. Considera que es esencial subrayar la responsabilidad fundamental que tienen los estados de investigar y castigar las actividades terroristas, sin sobrepasar los límites del derecho internacional. Estima que conferir una responsabilidad exclusiva a las organizaciones internacionales, podría llevar a un conflicto con los órdenes jurídicos nacionales. Se deben atacar las raíces del terrorismo. Por eso Venezuela ha propuesto en la OEA, a través de su Misión Permanente, -entre otras importantes iniciativas- adoptar un documento hemisférico que se ocupe de los derechos sociales, económicos y culturales de los pueblos americanos, llamado “Carta Social de la Américas”. La exclusión social, la inequidad, la pobreza extrema, la opresión, la discriminación étnica o cultural, son fuente de constantes tensiones que generan conflictos permanentes y atentan contra las democracias. Son caldo de cultivo para el terrorismo.
Caracas, 20 de octubre de 2004
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