TRIGÉSIMO QUINTO
PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES
5 al 7 de junio de 2005
Fort Lauderdale, Florida
Estados Unidos de América
RESOLUCIÓN
MICROCRÉDITO Y MICROFINANCIACIÓN PARA LA CREACIÓN DE EMPLEO Y REDUCCIÓN DE LA POBREZA E INSTRUMENTOS DE AYUDA A LA COHESIÓN SOCIAL Y LA PARTICIPACIÓN COMUNITARIA
LA ASAMBLEA GENERAL, VISTA la resolución CIDI/RES. 166 (X-O/05) “Microcrédito y microfinanciación para la creación de empleo y reducción de la pobreza e instrumentos de ayuda a la cohesión social y la participación comunitaria”;
CONSIDERANDO:
Que la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA) establece como uno de sus propósitos esenciales la erradicación de la pobreza crítica, que constituye un obstáculo al pleno desarrollo democrático de los pueblos del Hemisferio, compromiso ratificado por las resoluciones AG/RES. 1854 (XXXII-O/02) y AG/RES. 1962 (XXXIII-O/03), prioridad ésta que se inspira en los principios de solidaridad y cooperación interamericana, en la búsqueda de la equidad y justicia social y el desarrollo integral de sus pueblos;
Que la Declaración de Santiago sobre “Democracia y Confianza Ciudadana: un nuevo compromiso de gobernabilidad para las Américas”, señala que el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática requiere la superación de la pobreza y de la exclusión social y la promoción del crecimiento económico con equidad, mediante políticas públicas y prácticas de buen gobierno que fomenten la igualdad de oportunidades, la educación, la salud y el pleno empleo;
Que en las Declaraciones de las Cumbres de las Américas de Miami, Santiago y Québec, así como en la Extraordinaria de Nuevo León, y en los respectivos Planes de Acción, los Jefes de Estado de las Américas se han comprometido a promover, fortalecer y apoyar el sector de la micro y pequeñas empresas, mediante programas de información, capacitación, asistencia técnica, financiamiento y formación de asociaciones, de manera que se promueva la prosperidad a largo plazo de estos sectores;
Que la Cumbre de las Américas que se celebrará este año en Argentina tendrá como tema central la creación de empleos para enfrentar la pobreza y fortalecer la gobernabilidad democrática, y en ese sentido, el microcrédito y la microfinanciación son elementos claves para el logro de esa aspiración;
Que el primero de los compromisos contenidos en la Declaración de la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas, establece el desafío crítico de reducir a la mitad la pobreza absoluta en el mundo para el año 2015;
Que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, mediante resolución 53/197, del 15 de diciembre de 1998, proclamó el año 2005 Año Internacional del Microcrédito y pidió que se aprovechara la ocasión especial que ofrecía la conmemoración del citado año para dar impulso a los programasde microcrédito en todos los países, en particular en los países en desarrollo;
Que en 1997, en la ciudad de Washington, DC, se realizó la Cumbre de Microcrédito, en donde se lanzó una campaña mundial con el objetivo de “trabajar para asegurar que 100 millones de las familias más pobres del mundo, especialmente las mujeres de esas familias, estén recibiendo crédito para autoempleo y otros servicios financieros y de negocio para finales de 2005”;
Que dicha campaña mundial reúne agentes de microcrédito, públicos y privados, instituciones educacionales, organismos donantes, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales y otras relacionadas con el microcrédito y la microfinanciación, para promover las mejores prácticas sobre el terreno, aprender unos de otros, y para trabajar hacia el objetivo de la Cumbre;
Que, en el marco de esa campaña mundial, se realizó en Santiago de Chile (19 al 22 de abril de 2005), la Cumbre Regional de Microcrédito para América Latina y el Caribe;
TOMANDO EN CUENTA:
Que un porcentaje elevado de las familias del hemisferio no tienen acceso a los servicios financieros y sistemas formales de crédito, quedando excluidas de los mismos por considerarse las operaciones de crédito con estas familias no rentables o lucrativas para el sistema bancario formal;
Que en muchos de los países de América Latina y el Caribe opera un sistema basado en actividades productivas informales que coadyuvan a la supervivencia de gran parte de la población;
Que millones de personas buscan superar la exclusión social y económica mediante el desarrollo de actividades productivas y comerciales de pequeña magnitud, rurales y urbanas, fuera de los circuitos de la economía formal, en donde dan inicio a iniciativas de pequeña producción y pequeño comercio que valorizan recursos no utilizados, representan esfuerzos de integración económica, social, política y cultura, y tienen elementos de solidaridad;
Que es fundamental promover la innovación tecnológica y productiva, el acceso a las tierras de cultivo, riego, educación, asistencia sanitaria básica, la equidad de género, la sostenibilidad económica y medioambiental, con el fin de generar diferentes modos de producción, comercialización y distribución de la riqueza socialmente justos, que contribuyan a satisfacer las necesidades de las familias y comunidades tradicionalmente excluidas de los procesos de desarrollo, para que los beneficios de éste lleguen a todos por igual;
Que el microcrédito y la microfinanciación son herramientas financieras importantes en la lucha contra la pobreza, fomenta la creación de patrimonio, de empleo y la seguridad económica, da autonomía a las personas que viven en pobreza, en particular a las mujeres, contribuyendo a crear una economía en la que todos y todas participen sin exclusión;
Que el microcrédito y la microfinanciación contribuyen a generar lazos de solidaridad, la participación comunitaria democrática, la cohesión e integración social, a dinamizar las economías locales ya fomentar la colaboración entre personas e instituciones implicadas en el desarrollo económico; y
Que es necesario crear y canalizar fondos, especialmente del gobierno y de donantes, a las instituciones de microcrédito, mediante organizaciones autónomas de financiamiento, a nivel nacional y regional,
Resuelve: